Ya tenemos aquí en nuevo borrador del decreto que regulará la cédula de habitabilidad durante los próximos años.A primera vista, uno de los aspectos más destacados que encontramos es la posibilidad de escriturar una vivienda sin la
cédula de habitabilidad, o mejor dicho,que se podrá omitir mediante el acuerdo explícito entre el comprador y el vendedor de la vivienda. Este procedimiento, obligaría a presentar la cédula de habitabilidad dentro de los 60 días posteriores la firma ante notario, y el acuerdo entre las partes se debe protocolizar dentro del propio acto notarial.
Esto, sin duda, es una manera de agilizar la venta de viviendas que no disponen de la cédula de habitabilidad vigente, sin tener que aplazar la firma hasta la obtención del documento.
Aquí os dejamos el link del borrador:
Borrador de Nuevo Decreto de Habitabilidad
Seguiremos analizando este nuevo decreto y os iremos informando de las nuevas modificaciones.
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